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El Salar de “Los Canos” o de Vera, con más de 100 hectáreas de extensión,
constituye uno de los
aguazales de importancia
internacional, tanto por su flora,
como por su fauna,
que alberga este rincón del sudeste peninsular. Es un humedal natural, situado
en una depresión endorréica de origen Cuaternario y con aporte de aguas
subalveas. Pese a la biodiversidad que
alberga no mantiene ningún estatus legal de protección,
cuestión que ha sido denunciada reiteradamente pormovimientos
ecologistas, ambientalistas y científicos.
La simple nidificación de la Malvasía cabeciblanca durante junio de 2008
bastaría para proteger de forma inmediata la zona. Otro tipo de dilaciones sólo
contribuirán a la desaparición de un humedal de importancia internacional.
Siendo el más importante de los saladares del levante almeriense pasó
desapercibido para el “comité de expertos” encargados de la propuesta inicial de
los Lugares de Importancia Comunitaria que se propusieron desde Almería.
Durante 2007 declaraciones de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de
Andalucía, ante una denuncia interpuesta por la Asociación Tortuga Boba
Naturista sobre la destrucción de este hábitat, llegaron a afirmar –refiriéndose
a este humedal- que “tiene fuertemente alteradas las características del
humedal” y por ende, a juicio de la misma “no se cumplen los criterios
establecidos en el Decreto 98/2004 para su inclusión en el Inventario de Humedales de
Andalucía”, además de ser “un terreno calificado como urbanizable”. Y todo esto,
a pesar de que la Delegación Provincial de Medio Ambiente, solicitó la
calificación del terreno como no urbanizable, “en virtud de las comunidades
vegetales y de animales que se dan cita en el espacio”. La Consejería de Medio
Ambiente aludió, a través de un escrito remitido a dicha asociación, que el
hecho de que los terrenos estén calificados como urbanizables “implica el no
mantenimiento y continuidad de las comunidades biológicas, por lo que, en la
situación actual, no se podría incluir” en el citado Inventario de Humedales de
Andalucía. Los ecologistas, naturistas y científicos no dieron crédito a estas
explicaciones y exigieron que se protegiera este espacio. Si atendiéramos a
estos criterios más del 90% de las zonas húmedas de Andalucía jamás podrían
haber sido declaradas como Espacios Protegidos por su nivel de amenaza, grados
de antropización y contaminación.
La adecuación a la normativa internacional, estatal y andaluza en el ámbito de
la conservación yprotección de humedales,
está legalmente por encima de cualquier Plan General de Ordenación Urbana –PGOU-
y se considera de carácter prioritario su conservación y protección, con lo cual
estas declaraciones sólo fueron “un brindis al Sol” por parte de una institución
incapaz de actuar sobre la especulación urbanística.
En este sentido cabe destacar la denuncia interpuesta, con anterioridad, por
Ecologistas en Acción-Almería,
donde la respuesta de la Junta fue la siguiente: “En esta vía previa y con
respecto al paraje al que se refiere la Asociación Ecologistas en Acción (que
también se conoce como El Saladar o Salar
de Los Canos), se recogen sendos informes del Servicio de Gestión del Medio
Natural en los que se ponen de manifiesto los valores ambientales considerándose
que la zona debe ser incluida como No Urbanizable de Especial Protección por
Interés Natural y Paisajístico y, como consecuencia de estos informes, se
declara previamente, a los solos efectos ambientales, inviable el PGOU de Vera,
entre otras razones, por no recocer como Suelo No Urbanizable de Especial
Protección el Sector RC-2-CO-ST que afecta al paraje y al Salar de los Canos…
Por último, le comunico que las alegaciones que ha presentado el colectivo
ecologista han sido consideradas a los efectos de la elaboración de la
Declaración de Impacto Ambiental al PGOU de Vera (12-04-2006)”.
Tras la lectura de sendos comunicados de la Consejería de Medio Ambiente, o bien
habían cambiado a los responsables políticos y técnicos –situación que aconteció
en dicho momento-, o se estaba cayendo en una flagrante dejación de funciones,
compromisos y actuaciones legales avaladas internacionalmente, por parte de la
Administración Andaluza ante situaciones objetivas y claramente constatables,
como sigue sucediendo en la actualidad.
Principales
caracteres biogeográficos del Salar de Los Canos
Con una extensión aproximada de 100 hectáreas y situado en el municipio
almeriense de Vera, se encuentra enclavado en una depresión endorreica donde
desembocan diversos cursos de agua –ramblas en su mayoría-. La inundación de la
zona se ve favorecida por ésta situación, así como por la carretera que la aísla
por su margen Este. Sus aguas salinas, poseen un marcado carácter estacional y
dependen directamente del índice de precipitaciones –concentrados entre otoño y
primavera- como ocurre en otros puntos del litoral subárido almeriense. La
profundidad máxima que alcanza este saladar no suele superar el medio metro de
profundidad.
La comunidad vegetal dominante está compuesta por saladares (Arthrocnemum
macrostachyum, Sarcocornia perennis y varias especies de Limonium), apareciendo
juncadales (Juncus sp) y otras plantas adaptadas a las zonas, dentro del
hábitat, con menor salinidad como carrizales -Phragmites australis- y tarayales
-Tamarix sp.-
Las comunidades de vertebrados están representadas por:
Anfibios
Sapo corredor -Bufo calamita-
Reptiles
Tortuga mora – Testudo graeca-
Culebra bastarda -Malpolon monspessulanus-
Lagartija colilarga -Psammodromus algirus-
Lagartija colirroja -Acanthodactylus erythrurus-
Lagarto ocelado –Lacerta lepida-
Mamíferos
Jabalí -Sus scrofa-
Comadreja -Mustela nivalis-
Zorro -Vulpes vulpes-
Conejo -Oryctolagus cuniculus-
Las aves son las que contribuyen de forma más directa a la biodiversidad de
este humedal. Realizando una síntesis de las mismas y clasificándolas por su
estatus fenológico y nicho ecológico se pueden dividir en:
Aves asociadas a matorrales halófilos y vegetación palustre
INVERNANTES
Curruca rabilarga -Sylvia undata-
Ruiseñor bastardo -Cettia cetti-
Mosquitero común -Phylloscopus collybita-
Bisbita alpino -Anthus spinoletta-
Tarabilla común -Saxicola torquata-
Lavandera blanca -Motacilla alba-
Petirrojo -Erithacus rubecula-
Bisbita común -Anthus pratensis-
Pechiazul -Luscinia svecica-
Pájaro moscón -Remiz pendulinus-
Avión roquero -Ptyonoprogne rupestres-
Lavandera boyera -Motacilla flava-
Escribano palustre -Emberiza schoeniclus-
Chorlito dorado europeo -Pluvialis apricaria-
ESTIVALES
Terrera común -Calandrella brachydactyla-
Carricero común -Acrocephalus scirpaceus-
SEDENTARIAS
Curruca cabecinegra -Sylvia melanocephala-
Terrera marismeña -Calandrella rufescens-
Cogujada montesina-Galerida theklae-
Alcaudón real -Lanius excubitor-
Buitrón -Cisticola juncidis-
Alcaraván común -Burhinus oedicnemus-
Mirlo común -Turdus merula-
MIGRADORAS DE PASO
Avión zapador -Riparia riparia-
Avión común -Delichon urbica-
Golondrina común -Hirundo rustica-
Golondrina dáurica -Hirundo daurica-
Abejaruco común -Merops apiaster-
Cernícalo vulgar -Falco tinnunculus-
Muchuelo común -Athene noctua-
Aves asociadas
a la lámina de agua: A partir de
censos realizados desde 1981 hasta la actualidad
INVERANTES Y MIGRADORAS DE PASO
Ánade azulón -Anas platyrhynchos-
Cuchara europeo -Anas clypeata-
Cerceta común -Anas crecca-
Porrón europeo - Aythya ferina-
Porrón moñudo - Aythya fuligula-
Ánade rabudo – Anas acuta-
Garza real -Ardea cinerea-
Garceta común -Egretta garzetta-
Garcilla cangrejera -Ardeola ralloides-
Morito común -Plegadis falcinellus-
Focha común-Fulica atra-
Chorlitejo grande -Charadrius hiaticula-
Archibebe común -Tringa totanus-
Archibebe claro –Tringa nebularia-
Correlimos común –Calidris alpina-
Correlimos menudo –Calidris minuta-
Correlimos tridáctilo –Calidris alba-
Correlimos zarapitín –Calidris ferruginea-
Correlimos grande –Calidris canutus-
Aguja colinegra- Limosa limosa-
Aguja colipinta –limosa lapponica-
Zarapito real – Numenius arquata-
NIDIFICANTES ESTIVALES Y
SEDENTARIAS
Gallineta común -Gallinula chloropus-
Cigüeñuela -Himantopus himantopus-
Chorlitejo patinegro –Charadrius alexandrinus-
Chorlitejo chico- Charadrius dubius-
Aves de Interés Comunitario de
Conservación incluidas en el Anexo I de la Directiva Aves -Directiva 79/409/CEE
del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves
silvestres; DOCE, L 103, de 25 de abril de 1979) (*, nidificantes seguras; #,
nidificantes posibles):
Cogujada montesina -Galerida theklae- (*)
Terrera común -Calandrella brachydactyla- (*)
Cigüeñuela común -Himantopus himantopus- (*)
Alcaraván común -Burhinus oedicnemus- (*)
Cerceta pardilla -Marmaronetta angustirostris- (#)
Malvasía cabeciblanca –Oxyura
leucocephala- (*)
Morito común -Plegadis falcinellus-
Garceta común -Egretta garzetta-
Garcilla cangrejera -Ardeola ralloides-
Aguilucho lagunero -Circus aeruginosus-
Chorlito dorado europeo -Pluvialis apricaria-
Pechiazul -Luscinia svecica-
Especies incluidas en el Libro
Rojo de los Vertebrados Amenazados de Andalucía (*, nidificantes seguras; #,
nidificantes posibles):
Alcaraván común -Burhinus oedicnemus- (Vulnerable a la extinción)
(*)
Chorlitejo chico -Charadrius dubius- (Datos insuficientes) (*)
Chorlitejo patinegro -Charadrius alexandrinus- (En peligro de extinción)
(*)
Terrera marismeña -Calandrella rufescens- (Riesgo menor, casi amenazada) (*)
Cerceta común -Marmaronetta angustirostris- (En peligro critico
de extinción) (#)
Zampullín cuellinegro -Podiceps nigricollis- (Riesgo menor, casi amenazada)
Garcilla cangrejera -Ardeola ralloides- (En peligro critico de extinción)
Morito común -Plegadis falcinellus- (En peligro de extinción)
Aguilucho lagunero -Circus aeruginosus- (En peligro de extinción)
Zarapito real -Numenius arquata- (Vulnerable a la extinción)
Archibebe común -Tringa totanus- (Datos insuficientes)
Avión zapador -Riparia riparia- (Datos insuficientes)
Golondrina dáurica -Hirundo daurica- (Datos insuficientes)
La cerceta pardilla -Marmaronetta angustirostris-, es -al igual que Oxyrura
leucocephala- una anátida de Interés Comunitario para su Conservación, ha sido
observada como nidificante posible durante años de abundantes lluvias en la
localidad. Aparece incluida en el Anexo I de la Directiva Aves y en el Libro
Rojo de los Vertebrados Amenazados de Andalucía como en Peligro de
Extinción. También se encuentra catalogada en la Ley 8/2003, de 28 de octubre,
de la flora y
la faunasilvestres;
BOJA, 218, de 12 de noviembre de 2003) donde está catalogada como en peligro
crítico de extinción, siendo una de las pocas especies globalmente amenazadas a
escala mundial, por contemplarse en la Lista Roja de las Especies Amenazadas de
la IUCN (2004) como "Vulnerable".
Alteraciones
antrópicas del humedal
La principal amenaza son los planes urbanísticos de urbanización del saladar,
que lo harían desaparecer al igual que sus comunidades de flora y fauna.
El paso de personas y vehículos por la carretera colindante, las urbanizaciones
adyacentes, la entrada incontrolada al interior del espacio en época de
nidificación o la practica de motocross son algunos de los actuales problemas de
perturbación del equilibrio ecológico del humedal. Por sí misma, destaca la
destrucción del hábitat natural de la tortuga mora, apareciendo frecuentemente
individuos de esta especie amenazada globalmente aplastados y/o heridos.
Algunas
medidas para la conservación del espacio
Por sus valores ecológicos, científicos y didácticos es preciso desarrollar
actuaciones para el manejo y gestión del espacio que garanticen su conservación
y protección definitiva. Entre estas podemos destacar las siguientes:
- Incluir al humedal en el Inventario
Abierto de los Humedales de Andalucía, dentro del Plan Andaluz de Humedales.
- Integrar al aguazal dentro de la Red de
Espacios Protegidos de Andalucía como Reserva Natural o Reserva Natural
Concertada.
- Atendiendo a sus comunidades vegetales,
incluir el espacio como Lugar de Interés Comunitario (LIC).
- Detener de inmediato, al amparo de la
legalidad vigente los planes de urbanización que se proyectan sobre el área
por parte del Ayuntamiento de Vera.
- Adquisición de los terrenos para
garantizar futuras medidas de gestión y protección del espacio.
- Vallado perimetral del área para evitar molestias
dentro y en la periferia, así como la vigilancia del mismo.
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